Deducciones IRPF 2026

Quizá lo que sí se podría hacer además de las desgravación por aplicar una obra de mejora, sería que a nivel local el IBI tuviera en cuenta la letra.
 
Me surge una duda con el tema de la deducción. Sacado directamente del BOE:

"A estos efectos, únicamente se entenderá que se ha mejorado el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda en la que se hubieran realizado tales obras cuando se reduzca en, al menos, un 30 % el indicador de consumo de energía primaria no renovable."

¿A qué se refiere exactamente “el indicador”? Más concretamente, supongamos una vivienda con aerotermia (certificado eficiencia "A") que tiene un consumo de energía primaria no renovable de 10 kWh/m²·año, siendo el consumo de energía primaria total de 40 kWh/m²·año (es decir, el 75 % de esa energía proviene de fuentes renovables y el 25 % de fuentes no renovables).

Teniendo en cuenta el ejemplo mencionado, para cumplir con la reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable, ¿qué habría que tomar como referencia: los 40 kWh/m²·año (lo cual sería inviable, ya que solo un 25 % procede de fuentes no renovables) o los 10 kWh/m²·año, de modo que reduciéndolos a 7 kWh/m²·año se cumpliría el requisito?
 
Tienes que reducir lo que figura en tu Certificado Energetico en el concepto de energía primaria no renovable, si figura 10 tienes que conseguir bajarlo 7 o menos.

Por ejemplo inicial
[Nergiza.com] Deducciones IRPF 2026

final
[Nergiza.com] Deducciones IRPF 2026
 
Buenas! No sé si es el sitio indicado pero me ha surgido la siguiente duda. Instalamos placas en noviembre en la vivienda unifamiliar. Tenemos certificado anterior y posterior antes de diciembre de 2025. La vivienda es copropiedad de mi pareja y yo (aquí aclarar que no estamos casados, pareja de hecho). El pago salió de mi cuenta bancaria. La deducción al ser copropiedad la tenemos que hacer ambos aunque lo haya pagado yo? Leyendo esa parte no me queda claro, y no sé si hemos perdido la mitad de esa deducción.
 
Buenas! No sé si es el sitio indicado pero me ha surgido la siguiente duda. Instalamos placas en noviembre en la vivienda unifamiliar. Tenemos certificado anterior y posterior antes de diciembre de 2025. La vivienda es copropiedad de mi pareja y yo (aquí aclarar que no estamos casados, pareja de hecho). El pago salió de mi cuenta bancaria. La deducción al ser copropiedad la tenemos que hacer ambos aunque lo haya pagado yo? Leyendo esa parte no me queda claro, y no sé si hemos perdido la mitad de esa deducción.
Lo importante es la propiedad de la vivienda. Os deducis en el porcentaje de propiedad.
 
Sirve cualquier casa, no tiene porqué ser primera residencia. Lo importante es que se consiga la mejora en los certificados
 
Aunque el pago lo haya satisfecho yo 100%? Al no estar casados no estamos en régimen de vienes gananciales, entonces me surge esa duda...
Yo entiendo que lo que manda es el porcentaje de propiedad: "En caso de vivienda de titularidad compartida, cada copropietario de la vivienda podrá practicar la deducción por las cantidades que haya satisfecho por la realización de las obras en la parte que proporcionalmente se corresponda con su porcentaje de titularidad en la vivienda habitual, con independencia, de que la factura correspondiente a las obras se haya expedido únicamente a nombre de uno de los cotitulares de la vivienda"

 
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